La educación y el artículo 16 de la Constitución

Ph.D. en Economía en la Universidad de Chicago. Rector de la Universidad del CEMA. Miembro de la Academia Nacional de Educación. Consejero Académico de Libertad y Progreso.

Constitución-Original

INFOBAE.- La Constitución Nacional, en su artículo 16, nos recuerda que todos los habitantes son iguales ante la ley: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. Sin embargo, nuestra realidad no siempre parece satisfacerlo.

Es bien sabido que los miembros del Senado no sólo cobran su dieta, sino que también cuentan con 20 pasajes aéreos mensuales y 10 terrestres para regresar a sus hogares, independientemente del distrito al cual representan. En la práctica, numerosos Senadores hacen uso de su derecho a canjear pasajes por dinero en efectivo, dado que no utilizan la cuota que tienen asignada, incrementando de esa forma su salario.

Es razonable asumir que cualquier Senador prefiere esta flexibilidad a no tener otra opción que utilizar los pasajes o perder el valor de los mismos, de sobremanera aquellos que habitan en la CABA o en distritos cercanos, o quienes se trasladan a sus distritos en automóviles del Senado y, por ende, no utilizan su cuota mensual de más de $ 16.000 en pasajes.

Sin embargo, el resto de los ciudadanos carece de esta flexibilidad en numerosas instancias, la educación es un claro ejemplo de ello.

En los últimos años numerosas familias han optado por enviar sus hijos a escuelas privadas, a pesar de la existencia de la educación pública gratuita. La evidencia nos exime de cualquier comentario; aún en barrios muy humildes muchas familias realizan importantes esfuerzos económicos para que sus hijos cursen su escolaridad en este tipo de institución.

Es claro que cada ciudadano que toma esta decisión debe pagar dos veces por la educación de sus hijos, una a través de sus impuestos y otra a través del pago a la escuela elegida, dado que no cuenta con la misma prerrogativa que los Senadores de la Nación.

Si todos los ciudadanos son iguales ante la ley, ¿no es razonable que aquellas familias que optan por enviar a sus hijos a una escuela privada reciban una reducción en su carga impositiva similar al costo de educar un niño dentro del sistema de educación pública? ¿Acaso no es ello equivalente al derecho de un Senador que no utiliza su cuota mensual de pasajes a canjearlo por dinero en efectivo?

Sería interesante llevar a cabo una estadística entre los legisladores respecto al tipo de escuela en la cual cursan la educación obligatoria sus hijos. Probablemente descubramos que una gran mayoría eligen educar a sus hijos en escuelas privadas mientras coartan el derecho de muchos compatriotas de tomar una decisión similar, al no promover una legislación que elimine la distorsión que representa pagar dos veces por la educación de los niños, en los casos en que sus padres opten por escuelas de gestión privada.

Por ello, resulta pertinente cerrar esta breve nota con una cita de Milton Friedman publicada en el New York Times Magazine, 1975: “Yo culpo a las personas bien intencionadas que envían sus hijos a escuelas privadas e imparten cátedra a las “clases inferiores” (comillas en el original) sobre la responsabilidad de enviar sus niños a escuelas estatales en defensa de la educación pública”.

Otro tiempo, otro lugar, pero ¿no es una adecuada descripción de nuestra realidad?

Publicado en Infobae Opinión