La reforma más contradictoria

POR Héctor Mario Chayer para LA NACIÓN

El proyecto de ley de reforma de la justicia federal contradice con sus propuestas los objetivos que declama y marcha a contramano de la crisis económica y la necesidad de evitar que siga creciendo el gasto público en burocracia innecesaria.

El dictamen de la mayoría oficialista en el Senado, sin fundamento de ningún tipo, aumentó a 908 los nuevos cargos a crearse: 310 de magistrados y 598 de funcionarios y empleados, ampliando irracionalmente la burocracia judicial. Esto se debe a que se negoció la creación de Cámaras de apelaciones federales en varias provincias, con sus secretarías y estructuras reflejas de fiscalías y defensorías. Por otro lado, si se crean los 23 juzgados federales de instrucción en la ciudad de Buenos Aires, solo se profundizará la falta de independencia de los jueces federales y nada se avanzará hacia procesos más transparentes, imparciales y rápidos para castigar la corrupción, que es el reclamo ampliamente instalado en la sociedad argentina.

A nivel de gasto público, en medio de una crisis económica que amenaza superar a cualquiera de las vividas por las actuales generaciones, el dictamen del Congreso lleva el costo inicial para poner en funcionamiento la totalidad del proyecto a 6052 millones de pesos, duplicando el costo proyectado respecto del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que tenía un costo un costo mínimo de 3037 millones de pesos.

Estas contradicciones minan por su base una presunta reforma: es un brutal aumento del presupuesto judicial, que no mejora la independencia de los jueces, única garantía de los ciudadanos de a pie de que los jueces van a decidir conforme a la ley y las pruebas de las causas, y no según las influencias políticas, beneficios indebidos, presiones o amenazas.

Es un brutal aumento del presupuesto judicial, que no mejora la independencia de los jueces

En su núcleo central, el proyecto mantiene la idea peregrina de pasar de los 12 juzgados actuales que investigan los delitos federales en la ciudad de Buenos Aires a 46, sumando los 11 jueces en lo Penal Económico y 23 jueces provisorios. Estos jueces provisorios se reclutarán entre los jueces penales nacionales ordinarios, y recibirán todas las causas nuevas (es decir, las denuncias contra el gobierno anterior y el gobierno actual), serán elegidos por un procedimiento especialmente diseñado en este proyecto que no sigue las reglas generales, y durarán un año y medio, mientras la competencia por los delitos que tratan en los juzgados donde son titulares es transferida a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Igual que en el caso de las Cámaras de apelaciones a crearse en las provincias, no hay ningún tipo de fundamento empírico, es decir, cálculo de la carga de trabajo que justifique crear 23 juzgados federales nuevos, ni, por lo tanto, urgencia para ponerlos en marcha y cubrir, de modo inconstitucional, los cargos de jueces de manera provisoria.

Se estima que en los fueros Penal Económico y en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires (que se unificarían) han ingresado el último año unas 16.600 causas, las cuales, divididas entre 46, serían apenas unas 360 al año por juzgado. Pero si se tomaran específicamente las causas de corrupción, según la información disponible en línea del Observatorio de la Corrupción, ingresaron en 2019 solamente 156 denuncias, habiéndose ya archivado 115 y continuando bajo investigación las restantes 41. Si se repartieran estas cantidades entre 46 juzgados, cada uno recibiría 3 denuncias de corrupción por año para investigar. Como se ve, es totalmente innecesario contar con 46 juzgados. Peor aún, cuando se ponga en marcha el proceso penal acusatorio, que el proyecto también declama promover (aunque contradice con la burocracia innecesaria que crea), serán necesarios todavía menos jueces, ya que solo ejercerán un rol de control de la investigación. Llamativamente, sin fundamento alguno y a contramano de la experiencia nacional e internacional, los fundamentos del proyecto dicen lo contrario. En la experiencia de implementación del proceso acusatorio en Salta y Jujuy iniciada durante el anterior gobierno, los jueces han intervenido en el 41% de las causas iniciadas. Esto permite estimar que cada uno de estos 46 jueces federales, dentro de apenas dos años, solo intervendrá en el control de la investigación de 148 casos.

Tampoco debe olvidarse que nombrar 23 jueces provisorios sin que los cargos estén cubiertos previamente por un juez titular es inconstitucional. Contradice la jurisprudencia de la Corte Suprema, plasmada en el art. 14 de la ley 27.439 de 2018 que considera nulo, de nulidad absoluta, designar jueces subrogante para desempeñar funciones en un tribunal que no hubiese contado previamente con magistrados titulares.

Tener la mitad de los jueces federales como provisorios mina su independencia y aumenta su politización, lo que contradice frontalmente al primero de los fundamentos del proyecto, que proclama que este proyecto busca remediar la politización de la actuación de los jueces. Politización que significa falta de independencia de los jueces, que en vez de decidir conforme a la ley y los hechos probados en la causa, se guían por ventajas personales o ceden a presiones indebidas.

Pero los jueces provisorios, cuya característica principal es que no tienen estabilidad, son mucho más vulnerables a las presiones, y por tanto, no brindan a la sociedad garantía de decisiones independientes. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos al analizar el nombramiento de jueces provisorios en la región, y en particular en Venezuela y Perú, dijo que “un alto porcentaje de jueces provisionales afecta seriamente el derecho a la ciudadanía a una adecuada administración de justicia”. Y que también se ve afectada la administración de justicia al “permitir a esos jueces ejercer funciones para las que no han sido preparados ni evaluados conforme a lo que manda la Constitución”.

Los jueces provisorios, cuya característica principal es que no tienen estabilidad, son mucho más vulnerables a las presiones, y por tanto, no brindan a la sociedad garantía de decisiones independientes

En síntesis, un proyecto de reforma que genera un incremento sideral del gasto judicial, que busca como objetivo principal despolitizar la justicia federal instalando de modo urgente un 50% de jueces provisorios sin fundamento en la carga de trabajo, a contramano de la implementación del proceso acusatorio, designados por un procedimiento especial claramente inconstitucional, solo garantiza lograr lo contrario: mayor déficit público, crecimiento de la burocracia y una justicia aún más permeable a los poderes, con jueces sin garantía de estabilidad y por tanto, carentes de independencia.