Gabriel Zanotti
Miembro del Consejo Académico de Libertad y Progreso.
Por Gabriel Zanotti de su libro, “El Humanismo del futuro”, 1989
Con el término aborto nos estamos refiriendo, en este contexto, a la expulsión voluntaria de un feto no maduro. Ello es distinto, pues, de la expulsión involuntaria de un feto no maduro (esto es, antes del séptimo mes completo) y de la expulsión provocada, con fines médicos, de un feto ya maduro, lo cual es aceleración del parto.
Nuestra tesis es: el aborto, en el sentido referido, es un asesinato, dado que el ser humano es tal desde el primer momento de la concepción. Por ello este delito cae totalmente dentro de aquello que la ley humana debe prohibir, dado que es una grave violación del derecho a la vida.
Como puede observarse, la clave de la demostración de que el aborto es un asesinato consiste en la demostración de la siguiente premisa: el ser humano es tal desde el primer momento de la concepción”.
Para ello utilizaremos dos vías. La primera será científica-positiva, utilizando los actuales conocimientos biológicos.
En primer lugar, la teoría genética actual nos dice que en el huevo fertilizado o cigota se encuentra un código genético, que permite diferenciar a un individuo de otro. Ese código está presente desde el momento de fusión entre las informaciones genéticas del óvulo y el espermatozoide. Luego, desde el primer momento de la unión entre las gametas reproductoras está presente un individuo específicamente distinto se otro individuo. Consecuencia adicional de esto es que no hay posibilidad de confusión biológica entre el cuerpo del nuevo ser y el cuerpo de la madre que lo está gestando, cuyo código genético es otro. No puede decirse pues que el huevo fecundado es “parte del cuerpo de la madre” o expresiones por el estilo. También se infiere de lo anterior que el individuo es genéticamente el mismo desde su primer instante de vida hasta su muerte. Las diferencias son pues las de diversas etapas de desarrollo de los caracteres contenidos en su genotipo.
En segundo lugar, si se intentara rebatir lo anterior diciendo que, en el caso de un tumor, la carga y estructura cromosómica es distinta, lo cual sería un caso similar al crecimiento de un embrión, ello es falso porque en el caso de un tumor canceroso se trata de una división celular desordenada a partir de una o varias células diploides (esto es, con el total de cromosomas de la especie), mientras que en el caso del embrión se trata de una división celular ordenada fruto de la unión de dos células haploides (esto es, que contienen la mitad de cromosomas de la especie). Esto constituye una esencial diferencia.
Para estar en presencia de esta individualidad genética no es necesario, pues, que el embrión sea “viable”, o que se instale en el útero materno, etc. Dichas cuestiones son accidentales a la individualidad genética del huevo fecundado.
Ahora bien, la epistemología contemporánea, sobre todo a través de Popper y Lakatos, ha establecido muy claramente que, en las ciencias positivas, la certeza total es imposible y lo máximo que podemos alcanzar es conjeturas corroboradas hasta el momento, o, en lenguaje lakatosiano, podemos tener núcleos centrales de un programa de investigación progresivo; hasta ahora, el programa de investigación de la genética actual es progresivo[1]. Esto implica que estamos diciendo todo esto según el estado actual de la ciencia, por eso debemos ir hacia nuestra segunda vía, menos sometida a la contingencia de las ciencias positivas, que es la vía filosófica*38.
Filosóficamente, debemos distinguir entre una sustancia individual y las potencialidades propias que emergen de esa sustancia[2]. Por ejemplo, un niño de dos meses tiene la potencia de caminar, aunque todavía no la ha desarrollado. Actualizará su potencia al respecto cuando camine. De este modo, conocemos la esencia de una sustancia a través del despliegue y actualización de sus potencialidades específicas. Así, distinguimos a una persona humana de lo no humano por sus capacidades típicamente espirituales, como el amar y el conocer, de donde surgen facultades como el habla, el aprendizaje, etc. Vimos esto ya en nuestro capítulo uno. Lo que ahora queremos destacar es que dichas potencialidades son propias del ser humano, pero no son “el “ser humano, sino que el ser humano es la sustancia individual de donde emergen dichas potencialidades. Todos saben que el recién nacido es un ser humano aunque todavía no sea capaz de demostrar el teorema de Pitágoras. Esto es: el ser humano es tal aunque sus potencialidades propias todavía no hayan comenzado a desplegarse y actualizarse de manera visible. Por lo tanto, las diversas fases del desarrollo de una persona son fases que se encuentran a nivel accidental, pero no afectan la esencia de la persona que se está desarrollando. Esto es precisamente lo que fundamenta todo nuestro respeto a la dignidad de la persona y la igualdad esencial de los hombres, que debe ser respetada ante la ley, más allá de sus diferencias accidentales. La persona es esencialmente persona, siempre, en todas las fases de su desarrollo. Luego su derecho a la vida, que surge de su misma condición de persona, no es afectado por las diversas fases del desarrollo de la persona. Luego, no podemos decir que no es una persona aquello que se está desarrollando para actuar como tal. Luego, el embrión humano es una persona aunque todavía no actúe visiblemente como tal (y decimos “visiblemente” atentos a todas las posibles manifestaciones de psiquismo intrauterino). Si no fuera una persona, no podría, en el futuro, desarrollarse como tal. Si algo se desarrolla como mosquito, es porque es un mosquito, dado que todo se desarrolla y se despliega según lo que es. Nada se desarrolla a partir de la nada, sino a partir de una realidad ya especificada. Confundir a la esencia del ser humano con la manifestación visible de sus potencialidades propias es un grave error; ello justificaría decir que no es una persona quien ha sufrido una lesión irreparable de su lóbulo frontal. Luego, el embrión humano es persona, desde el primer instante de su crecimiento y desarrollo, esto es, desde el primer instante de la concepción. Que se encuentre dentro de otro cuerpo o que su tamaño sea ínfimo, son todas cuestiones accidentales que no afectan a su esencia como persona, que debe ser, consiguientemente, respetada desde ese primer momento.
Por lo tanto, dado que nada justifica quitar directamente la vida a una persona inocente, su derecho a la vida es inviolable, desde el primer momento de su concepción. El fin no justifica los medios (esto es: ninguna conducta contradictoria con el fin último de la vida humana se justifica porque sea idónea para llegar a otro fin) y, por ende, aunque el fin sea bueno, ese medio (la eliminación directa de la vida de una persona inocente) jamás está justificado.
Alguien puede decir: ¿qué ocurre si el problema no es que se afirme que el embrión no es un ser humano, sino que se duda sobre su real naturaleza? Pues en ese caso, tampoco está justificado quitar la vida del embrión, pues, desde el punto de vista ético, la duda sobre si algo es o no una persona lo único que justifica, precisamente, es abstenerse de hacer algo que pueda perjudicar al “posible” ser humano. Si alguien está cazando y duda sobre si lo que se mueve es un animal o un hombre, debe abstenerse de disparar, obviamente. Luego, lo único que coherentemente justificaría la eliminación directa del embrión es la certeza total de que no es una persona, la cual es una premisa absolutamente falsa, por los motivos vistos.
A partir de aquí, podemos fundamentar nuestra negativa respecto a algunos casos que se presentan habitualmente como intentos de justificación del asesinato del embrión humano, esto es, el ser humano en los primeros meses de su vida, o en sus primeros segundos.
a) Violación. Se dice que la mujer que fue violada tiene “derecho” a abortar. El fin es salvaguardar su honor y/o no tener un hijo que ella no deseaba. Pero, dado que el fin no justifica los medios, no puede violarse el derecho a la vida del nuevo ser, dado que su derecho a la vida emerge de su misma condición de persona y es, por ende, totalmente independiente del modo o las circunstancias en las que fue realizada su concepción. Luego, la violación no justifica el aborto. Algunos dicen que, en ese caso, la mujer podría pedir la transferencia de su patria potestad, una vez nacido el niño. No negamos esa posibilidad; tampoco la afirmamos rotundamente. Dejemos abierta esa cuestión.
b) Malformación comprobada. Tampoco hay justificación es este caso. Qué persona vive o muere, según sus mayores o menores defectos, no corresponde al ser humano decidirlo. Es gravísimo tratar de tomar el lugar de Dios. Quienes admiten este caso deberían admitir que es lícito quitar la vida a un niño deforme ya nacido, y en ambos casos estaríamos en presencia de un asesinato. El derecho a la vida de una persona no está en relación a sus defectos físicos o mentales, por más graves que estos sean. Por más que el fin sea evitar el dolor y el sufrimiento, el quitar la vida no constituye un medio lícito para ello, por los motivos expuestos. ¿Cuántas veces, por otra parte, el motivo es justamente una falta de amor, que, de tenerlo, nos haría ver la posibilidad de cuidar a alguien defectuoso como una oportunidad de despliegue del amor más profundo, que no pide, sino que da?[3].
c) Situación desastrosa de la familia o de los padres. Nuevamente el mismo tipo de argumentación: el derecho a la vida de la persona no está en relación a la situación económica en la que nace. De lo contrario sería lícito de cualquiera de los hijos con ese pretexto; es más, si el asunto es la situación económica, habría que asesinar al mayor, que es el que consume más. Huelga todo comentario.
d) Abortos ilegales. Dice este argumento –uno de los más usados- que hay que legalizar los abortos para que éstos se realicen en buenos institutos, con buenos profesionales y en correctas condiciones de higiene, para evitar el peligro que corren las madres en otros casos. Muy encomiable la preocupación por la madre, en este caso, pero eso, nuevamente, no justifica el medio, dar impunidad al asesinato de un inocente. Con el mismo criterio deberían legalizarse los robos a los bancos para que éstos no pusieran en peligro la vida de los asaltantes o de los clientes. Recúrrase al medio que se desee para evitar la dramática situación producida por personas que además de eliminar una vida ponen en peligro otra y arruinan su salud; recúrrase al medio que se quiera para la protección de las menores que son engañadas, dañadas o explotadas por inescrupulosos delincuentes, pero jamás se dé libre curso al asesinato de la persona por nacer como solución a esa situación. Ese medio, precisamente, es totalmente injustificado.
e) Peligro para la vida de la madre. Este caso es ya muy infrecuente, dadas las nuevas técnicas médicas. La cesárea, la sinfisiotomía, etc., han eliminado dramáticas instancias de antaño en el momento del parto. Por otra parte, después del 7mo. Mes completo puede recurrir a la aceleración del parto si hay peligro para la vida de la madre y hay además actualmente posibilidad de reimplantar al embrión en el útero en el caso de embarazo ectópico. Pero, debemos aclarar, si el caso se presentara, no es un medio lícito, para salvar una vida, eliminar directamente otra. En ese caso, además, el no eliminar la vida de la persona por nacer no es “causar” la muerte de la otra. Si X amenaza a Z diciéndole que mate a Y o, de lo contrario, X matara a Y2, entonces, si Z no mata a Y –como corresponde- entonces Z no es “causante” de la muerte de Y2, sino el causante de la muerte de Y2 es Z, en ese caso, “permite”, “tolera”, esto es “no impide” (porque no puede impedir) que X sea causa de ese asesinato. Luego queda demostrado que el no matar a la persona por nacer, en esos casos, no es “causa” de la muerte de otra persona. Por otra parte, no puede decirse que, en esos casos, la persona no nacida actúa como “injusto agresor” frente al cual habría derecho a la defensa legítima. ¿Cómo el embrión o el feto pueden ser “culpables” de algo? No pueden por ende, ser acusados de “injusta agresión”. Son absolutamente inocentes. Es más: la persona por nacer es la persona más inocente e indefensa que hay.
Volvemos a reiterar, sin embargo, que estos son actualmente muy raros.
Los casos analizados reafirman nuestra tesis: el aborto es un asesinato. No puede hablarse, por ende, de “derecho al aborto”. Eso es una absoluta contradicción en términos. No hay derecho a hacer algo que va en contra de un derecho humano fundamental. Tampoco puede encuadrarse dentro del “derecho de la madre a disponer de su propio cuerpo”. Puede la madre tener el derecho a la ausencia de coacción sobre la disposición de su cuerpo, pero no sobre el cuerpo de otra persona. Tampoco puede encuadrarse el aborto dentro de “acciones privadas” que no perjudican a terceros. Pues el aborto elimina la vida de una persona humana; luego, está a años luz de una acción privada; al contrario, entra dentro de uno de los más típicos delitos contra terceros: el asesinato….
[1] Véase nuestra monografía pre-doctoral Epistemología contemporánea y filosofía cristiana, presentada a la Universidad Católica Argentina, Facultad de Filosofía y Letras, septiembre de 1988.
*38 Dada la importancia que a lo largo de estos años ha adquirido, para nosotros, la epistemología que va desde Popper a Feyerabend, enfatizamos más que nunca que las conjeturas científicas nunca pueden ser la base de las certezas morales en las que se basa la defensa de la condición de persona del embrión humano.
[2] Véase González Álvarez, A.: Tratado de Metafísica: Ontología, Gredos, Madrid, 1979, 2da. edición.
[3] Véase la siguiente carta de una madre, citada por V. Frankl: “Por una deformación prematura de los huesos del cráneo en el vientre materno, cuando mi hijo nació el día 6 de junio de 1929 era ya un enfermo incurable. Yo tenía entonces 19 años. Divinicé a mi hijo y lo amé sin límites. Mi madre y yo hacíamos cualquier cosa para ayudar al pequeño gusano, aunque todo fue en vano. El niño no podía andar, ni podía hablar, pero yo era joven y no perdía la esperanza. Trabajaba día y noche sólo para poderle comprar a mi querido gusanito preparados alimenticios y medicamentos. Cuando yo ponía su pequeña y delgada manita sobre mi hombro y le decía ‘¿me quieres?’, él se apretaba muy fuerte contra mi, se reía y me ponía torpemente la mano en la cara. Yo era entonces feliz, a pesar de todo, inmensamente feliz”, de su libro La Psicoterapia al alcance de todos, op. cit., p. 135.