Incendios, leyes medioambientales y la ineficiencia del Estado

Por Egon Ivan Rost, colaborador de Libertad y Progreso.

Nuevamente hay impacto en la opinión pública sobre los incendios que afectan los ecosistemas de la República Argentina. Es una noticia repetida a lo largo de los años recientes, y otra muestra del poco interés del Estado Nacional por resolver ciertos problemas. Solamente se remite a efectuar medidas paliativas de forma y en consecuencia desfinanciar sistemáticamente las acciones que se podrían hacer en defensa de un ambiente sano.

Nuestra propia Constitución Nacional afirma que “todos los habitantes gozan el derecho a un ambiente sano”, y que “las autoridades proveerán a la protección de este derecho”. El manejo de los ecosistemas puede ser abordado desde marcos teóricos que plantean distintas formas de participación estatal, aun así, muchas personas consideran que cuidar el ambiente natural es un rol “ineludible” del Estado. Bajo esta mirada, no hay más remedio que informar a la sociedad civil que encontrará malas noticias en el pasado, presente, y si no pensamos en profundas reformas, muy probablemente en el futuro.

Los números hablan por sí solos: del Presupuesto Nacional ejercicio año 2019 para el funcionamiento de la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable se destinaron $3.583 millones. Para darnos una magnitud de lo que representan estos valores en la asignación de recursos, solamente con el impuesto “PAIS” fijado sobre la compra de dólar ahorro a las personas físicas, el Estado recauda aproximadamente $23 por cada dólar comprado en el mercado. Si en el mes de Julio de 2020 compraron 3,9 millones de personas sus 200 dólares, resulta que en un solo mes ingresaron a las arcas del Estado $17.940 millones solamente por este concepto. Suena más que suficiente para financiar al ejercicio anual del organismo nacional de ambiente, contemplando incluso la prórroga del Presupuesto, decretada para 2020, que anticipa gastos por $8.495 millones para esta jurisdicción (que representa un 0,13% del gasto total).

Si buscamos partidas específicas como por ejemplo la “Ley de Bosques” (Ley Nac. N° 26.331) que trata sobre los presupuestos mínimos para la protección de estos ecosistemas, la partida asignada al “Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos” asciende a una modesta suma de $570 millones anuales. Incluso esta cifra se mantiene desde 2017, por lo que en términos reales significa una sistemática licuación.

Para el caso específicamente de los incendios, resulta aún más ineficiente el manejo del área del Poder Ejecutivo que monitorea los mismos, hasta 2017 bajo la órbita de Ambiente que fue transferido luego al Ministerio de Seguridad. Desde ese momento en adelante carece de una partida presupuestaria debidamente identificable, haciendo caso omiso a algo establecido en otra Ley Nacional (N° 26.815) que creó desde 2012 un “Fondo Nacional para el Manejo del Fuego”. Lo más cercano a la gestión de los incendios por parte de este Ministerio es el programa “Acciones de Protección Civil, Prevención de Emergencias y Alerta Temprana a Desastres”, con un monto asignado de $2.580 millones, que incluye entre sus medidas el “Desarrollo de Protocolos y Planes de accionar frente a inundaciones, erupciones de volcanes, fuego y demás contingencias”.

Ya pasando mediados de 2020, se vuelve a hablar sobre herramientas ya conocidas, la creación de una “Ley de Humedales” (¿nacerá un nuevo “Fondo” como los ejemplos ya citados anteriormente?) y el relanzamiento del “Sistema Federal de Manejo del Fuego”. Si, el mismo que se creó allá por el año 2012, otra vez trasladando todos sus componentes y programas bajo la jurisdicción de Ambiente. Es menester también recordar, que el mismísimo Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable fue creado en 2016 a partir de la entonces Secretaría de Ambiente que dependía en 2015 de Jefatura de Gabinete de Ministros; luego convertida nuevamente a Secretaría de Gobierno de la Presidencia de la Nación en 2018 para ser transformada al actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Esto que parece un trabalenguas (nótese las perspicacias en las palabras que componen el nombre de la institución), no es más que la clara demostración que, a pesar de la buena fe de las propuestas, los cambios acontecidos solo remiten a la forma de las cosas, augurados como grandes hitos políticos ante la sociedad.

Para cumplir con el Artículo N° 41 de la Constitución Nacional, desde un rol protagónico del Estado, se necesitan cambios en la tendencia en cuanto a la gestión ambiental refiere. Se debe tener en cuenta que, por ejemplo, mantener un sistema de alerta y prevención de incendios, con recursos humanos entrenados y tecnología moderna, requiere de una considerable inversión sostenida en el tiempo. Por lo ya desarrollado en materia de financiamiento, para el Estado el cuidado del ambiente no ha sido hasta ahora considerado como una prioridad. Incluso esto obedece a una lógica razonable, agudizada por el contexto actual ante la aparición del Covid-19, primero hay que cubrir la asistencia social, seguridad, salud pública, y podríamos seguir armando el listado de urgencias hasta finalmente ubicar al ambiente por debajo.

Ante los acontecimientos ocurridos recientemente en el Delta del Paraná y Córdoba, más que medidas transitorias el Estado Nacional no podrá hacer mucho más, mientras no esté en la mesa de discusión las reformas estructurales necesarias. Estas tienen que estar en línea con estabilizar en principio el escenario macroeconómico, de forma tal que un aparato estatal equilibrado pueda brindar institucionalidad e inversión genuina en términos reales a un sistema de defensa del ambiente. Otra alternativa sino será empezar a dar lugar a otras maneras de gestionar la protección y conservación del ambiente impulsadas por la creatividad del sector privado (personas, familias, comunidades organizadas, empresas, ONGs), donde los organismos públicos formen alianzas estratégicas que refuercen la capacidad de respuesta de un sistema conjunto.