Un acuerdo laboral auspicioso, pero limitado

EDITORIAL DE LA NACIÓN- El proyecto de ley de reforma laboral ha sido el resultado de una negociación tripartita, aunque con dos jugadores principales: el Poder Ejecutivo y la dirigencia sindical. Las opiniones empresarias o académicas tuvieron escasa relevancia al momento de lograrse un trabajoso acuerdo.

El primer escollo superado por el presidente Mauricio Macri fue que la CGT admitiera alterar lo que había sido convenido antes del triunfo electoral del 22 del mes pasado. Ya no se seguiría el criterio de normas laborales por sectores específicos, sino que se sancionaría una ley de reforma transversal y única para todas las actividades. Lograr esta aceptación de la dirigencia sindical ha sido una gran contribución a la racionalidad. Está ampliamente demostrado que es mejor gobernar con reglas generales y no con normas específicas para cada caso.Creación de empleos

Sin embargo, lograr este cambio conceptual no resultó gratuito. Debieron resignarse algunos objetivos cuyo alcance hubiera sido importante para lograr una eficaz reforma laboral. Tal vez el más relevante, que quedó descartado, hubiera sido el de priorizar los acuerdos laborales a nivel de empresa por sobre los de actividad. Pero no será así. Se pierde de este modo la ventaja de acordar entre partes que tienen intereses convergentes, como ocurre entre empleadores y trabajadores de una misma empresa, unificando estos últimos la representación. Ambas partes desean optimizar la productividad como la única forma de mejorar los salarios reales. Unos y otros conocen los límites y desean potenciar la competitividad y el desarrollo de la compañía. Esta alternativa que tiene vigencia exitosa en muchos países, como Chile, reduciría el poder y el campo de acción de los sindicalistas que hoy gozan de una representación monopólica. Esto explica el contundente rechazo de esos dirigentes a la descentralización.

La ley proyectada define la categoría de “trabajadores independientes con colaboradores”. Limita el número de estos últimos sólo a tres, con lo que esta categoría será muy poco representativa del mundo de las pymes. Por otro lado, el proyecto sólo se refiere a la simplificación del pago de aportes, pero no a la independencia de una unidad laboral de este tipo para fijar salarios y condiciones de trabajo. Sería conveniente incluir en el proyecto de reforma mayores detalles legales para esta categoría.

El aumento de la productividad y la competitividad deben ser el propósito esencial de una reforma laboral. Es la condición exigida por los inversores para encarar nuevas actividades productivas en la Argentina. La flexibilización laboral es el camino que permite a la empresa, dentro de razonables condiciones, optimizar la aplicación del trabajo. El nuevo proyecto de ley, bajo el título “Ius variandi”, prácticamente no modifica las actuales restricciones a las variaciones de las condiciones de trabajo establecidas en la ley de contrato de trabajo. Sería deseable un mayor avance en la facilitación de la movilidad laboral dentro de la empresa para permitir la necesaria adaptación al rápido cambio tecnológico.

Una importante contribución de esta reforma será el blanqueo laboral. Con este instrumento se espera una drástica reducción de la informalidad, lo que redundará en un mayor flujo de recursos hacia la Anses. La propensión a informalizar trabajo dependerá del nivel de presión impositiva sobre el empleo. Todo lo que hay es una esperanza de que en el futuro la carga tributaria continúe reduciéndose a la par del gasto público. Por ahora, lo dispuesto en esta reforma parece poco. Tanto el desequilibrio potencial del sistema previsional como la angustiante situación fiscal impiden hacer reducciones de impuestos y contribuciones más significativas.

Una contribución de la reforma al abaratamiento del costo laboral es la creación de un mínimo no imponible en los aportes patronales. No obstante, al suprimirse los topes actuales, aquellas empresas que cuenten con plantillas de personal calificado con altos salarios se enfrentarán a aumentos en sus aportes. El Gobierno espera al menos neutralidad de esta medida en su impacto fiscal.

También se persigue reducir el costo y el riesgo laboral al alivianar las indemnizaciones por despido. Según el proyecto de reforma, se excluirían del cálculo del mejor sueldo base el aguinaldo, la bonificación abonada por el empleador y otros gastos que no tuvieran periodicidad mensual o que no fueran normales y habituales. Sería importante que otros rubros como las horas extras también quedaran excluidos.

La reducción de contingencias judiciales y de los incentivos a la litigiosidad se manifiesta en avances limitados. Debiera lograrse en la sanción de la ley que el empleador no deba hacerse cargo de las costas cuando sea el trabajador quien sea vencido en su demanda. También es importante deslindar los riesgos de la tercerización de servicios modificando el principio de solidaridad. La reforma debe clarificar los límites que hoy permiten alegar exitosamente relación de dependencia o transmitir riesgos hacia arriba. Deberían incluirse los servicios contratados de limpieza, seguridad, montajes, emergencias médicas, gastronomía, informática y transporte de personas, entre otros. El proyecto de reforma no modifica el artículo 29 de la ley de contrato de trabajo, que define la solidaridad y condena a la empresa a pagar los aportes y contribuciones que debiera haber pagado la subcontratista empleadora del trabajador.

La propuesta oficial proponía modificar el artículo 4 de esa misma ley para poner en un plano igualitario al trabajador y al empresario al decir: “La cooperación entre las partes para promover esa actividad productiva y creadora constituye el valor esencial compartido, generador de derechos y deberes recíprocos, y una regla esencial de ejecución del contrato”. Esa propuesta fue resistida por la dirigencia sindical. Finalmente, quedó excluida y, por lo tanto, se mantendrá la protección del trabajador en lugar de ponerlo en un plano de igualdad con el empleador. En cualquier circunstancia sería importante reivindicar la cultura del trabajo y resaltar los objetivos comunes propios de la comunidad productiva.

En definitiva, la reforma laboral significará un avance, pero insuficiente respecto de lo deseable desde una visión económica y social más elevada. Las notables limitaciones han sido impuestas por la necesidad política de lograrla con el consenso de la dirigencia sindical, que a su vez es condición para alcanzar las mayorías necesarias en el Congreso. El futuro dirá si no será necesario profundizar esta reforma para enfrentar con éxito un escenario mundial y regional donde la competencia por captar inversiones extranjeras es creciente y donde las reglas laborales deben adaptarse cada vez más al cambio tecnológico.

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