Mendoza: independencia, no; autonomía fiscal, sí

LA NACIÓN – Más que en propuestas independentistas, convendría pensar en una reforma del sistema impositivo que devuelva potestades tributarias a las provincias

El exgobernador y actual diputado nacional por Mendoza Alfredo Cornejo propuso la independencia de su provincia como reacción a la discriminación adversa del gobierno nacional en la transferencia de fondos. Señaló y objetó con razón el favoritismo hacia las provincias oficialistas y el olvido de las que están gobernadas por la oposición. Mendoza es una de estas.

Las razones de Cornejo son valederas, no así su propuesta. Sin embargo, su declaración ha servido para llamar la atención sobre un grave alejamiento de los principios del federalismo y de la equidad. Este desvío es posible por efecto de las amplísimas atribuciones otorgadas al jefe de Gabinete, o sea al Poder Ejecutivo Nacional, en el manejo de los fondos públicos y por el notable aumento de los ingresos del Tesoro no sujetos a la ley de coparticipación federal. Son principalmente aquellos provenientes del Banco Central y la Anses, que hoy alcanzan una gran proporción de los recursos del Estado. La automaticidad del régimen de coparticipación federal de impuestos ha sido eludida de varias formas

La automaticidad del régimen de coparticipación federal de impuestos ha sido históricamente eludida de varias formas. Cabe recordar la altísima proporción de fondos recibidos por La Rioja durante el gobierno de Carlos Menem o por Santa Cruz en las gestiones kirchneristas. Así como ha habido favoritismos por afinidad o asociación política, se pueden encontrar numerosos casos de direccionamiento de fondos como pago o como castigo por votaciones legislativas según la conveniencia presidencial. Ha sido común la negociación de leyes en el Congreso exponiendo la zanahoria o el garrote, o sea, aumentar o retacear la transferencia de fondos. No deben excluirse movimientos que finalmente alimentaron algún bolsillo personal.

Lo que el exgobernador Cornejo debe proponer es la autonomía fiscal y no la independencia provincial. Debe aspirar a un régimen impositivo similar al que tenía vigencia hasta 1934. No había entonces transferencias desde el gobierno nacional hacia los provinciales, que manejaban sus propios impuestos. Ha sido común la negociación de leyes exponiendo la zanahoria o el garrote

La coparticipación apareció cuando la Corte Suprema exigió que retornara a las provincias el 17% de lo recaudado por el nuevo impuesto a los réditos. Fue una condición, además de exigir la transitoriedad de ese impuesto, para aceptar un tributo que por ser directo hubiera correspondido a las provincias. Tuvo así su origen el fenómeno de transferencia legislada de fondos recaudados por la Nación hacia las provincias. Desde entonces fue incorporando más impuestos y adquiriendo mayor complejidad. Sucesivas leyes determinaron la distribución primaria entre el gobierno nacional y el conjunto de provincias, y la distribución secundaria entre todas ellas. El régimen de coparticipación federal de impuestos está hoy regido por la ley 23.548, sancionada en 1988, durante el gobierno de Raúl Alfonsín. Esta ley establece porcentajes fijos para ambas distribuciones y favorece a las provincias menos desarrolladas.

Además de la reacción de Cornejo, hay razones valederas para impulsar una reforma del sistema impositivo que se oriente hacia la correspondencia fiscal. Esto quiere decir que el gobernante que gasta debe ser responsable de recaudar los impuestos que financian su gasto. Para ello deben devolverse potestades tributarias a las provincias, como por ejemplo la recaudación en su territorio de los impuestos a las ganancias de personas físicas, combustibles, bienes personales e internos. El gobierno nacional reservaría para sí el impuesto a las ganancias de personas jurídicas, el IVA y los impuestos al comercio exterior. Desaparecería así la coparticipación vertical. Cualquier aumento de gasto público de una provincia le exigiría a su gobernador aumentar los impuestos provinciales. Una reforma de este tipo sería políticamente posible siempre que se previera un fondo de distribución horizontal entre provincias para permitir un empalme con la situación existente. Pero a partir de allí quedarían correctamente alineados los incentivos para que los gobiernos provinciales y municipales gasten menos y más eficientemente. El federalismo recobraría vigencia plena, ningún gobierno nacional estaría en capacidad de castigar o favorecer a gobernadores afines y no habría motivo para pedir la independencia de una provincia. ADEMÁS