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Los inventores necesitan respaldo

Por Jorge Otamendi LA NACIÓN  - La ansiada y bien encaminada integración al mundo que nuestro país se ha propuesto encuentra un obstáculo que debe ser removido de inmediato por el Gobierno: la falta de protección adecuada de la propiedad intelectual. Uno de los problemas es la no aprobación del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT, por Patent Cooperation Treaty), y la no derogación de un par de resoluciones ministeriales del anterior gobierno que son claramente inconstitucionales. El PCT es una necesidad para los inventores argentinos, ya que a partir de la presentación de una patente en nuestro país tienen 30 meses para decidir la presentación en otros países. Hoy sólo tienen 12 meses, plazo exiguo que les impide conseguir inversores para afrontar el costo de una protección internacional. El PCT tiene 153 países miembros. La Argentina forma parte de un reducido club de países que no lo han aprobado, entre los que están Bolivia, Paraguay, Haití, Cabo Verde, Congo y unos pocos más. Cuando estaba en campaña, el presidente Macri dijo que nuestro país debía aprobar el PCT, pero casi dos años después el proyecto descansa en algún escritorio oficial, y sin explicación alguna. La cuestión tiene algún dato de color. El Conicet, que ha publicado un trabajo en el que se habla en contra del PCT, es el principal usuario de ese tratado. Ha presentado nada menos que 78 solicitudes de patentes, obviamente en países miembros del tratado, para poder gozar de sus beneficios. En la lista hay también laboratorios extranjeros que son filiales o están vinculados con empresas farmacéuticas de capital nacional, miembros de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos, que tradicionalmente se ha opuesto al tratado. Ellos pueden hacerlo porque tienen los medios, pero la mayoría de los inventores argentinos no puede. Se deduce que el tratado no debe ser tan malo, pero mientras no esté vigente se dificulta también la presentación de patentes de extranjeros en nuestro país, lo que facilita el aprovechamiento de las investigaciones ajenas. Otra cuestión que genera grandes y periódicos reclamos es la resolución conjunta del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) y el Ministerio de Salud y Acción Social que implementa las pautas para el examen de las invenciones. Esta resolución, regalo de la ex secretaria Giorgi a los laboratorios de capital nacional, impone prohibiciones de patentar invenciones perfectamente patentables en perjuicio de los inventores nacionales y extranjeros, en exclusivo beneficio de quienes quieran copiar en el futuro lo que ilegalmente se prohíbe patentar. Otra resolución también del INPI durante el gobierno anterior tiene como única finalidad intentar debilitar las patentes que se concedan en el ámbito biotecnológico. Esta situación provoca quejas y reclamos del mundo desarrollado al que la Argentina quiere integrarse. La conducta de nuestro país tiene consecuencias, y no sólo porque la falta de protección nos causa un serio problema para la firma de acuerdos internacionales de comercio. Días atrás, Francisco Olivera escribió sobre las quejas de empresas argentinas por la dificultad o imposibilidad de exportar a los Estados Unidos debido a que éstos excluyeron a nuestro país del sistema de preferencias arancelarias. Es que los Estados Unidos incluyen desde hace años a la Argentina en la Priority Watch List, el paso previo a las sanciones concretas. Estar en esta Watch List es muy mal negocio para los exportadores. Es hora de terminar con esta situación que tango daño le causa a nuestro país y beneficia indebidamente a unos pocos.
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Los economistas prevén que Mauricio Macri acelerará el ajuste

Analistas vinculados al oficialismo destacaron la necesidad de avanzar con la flexibilización laboral y el recorte presupuestario. El peso de la deuda. Reforma impositiva

LA CAPITAL.- Economistas afines al modelo económico que lleva adelante Mauricio Macri coincidieron en señalar ayer que el gobierno debería aprovechar el respaldo electoral que confía en cosechar el domingo para profundizar el ajuste en el sector público, avanzar contra las leyes de protección laboral y bajar impuestos a las empresas.

Aldo Abram, director ejecutivo de la Fundación Libertad y Progreso, advirtió que el sector público "no hizo ningún ajuste sino que lo hizo el sector productivo, y ahora lo va a tener que hacer aunque va a crecer menos el empleo y la actividad".

"Sí o sí tiene que ajustar el Estado y bajar la presión tributaria que asfixia el aparato productivo, ya que somos uno de los doce países que más exprimen con impuestos a las empresas", dramatizó al reclamar una reforma tributaria con baja de impuestos para las corporaciones empresarias.

Reconoció que, pese a las promesas, en estos dos años del nuevo gobierno lo llegaron las inversiones del exterior. Dijo que los inversores "van a venir si perciben que los van a tratar mejor, va a crecer pero en forma moderada", y señaló que los inversores extranjeros "no ven una realidad distinta a la que ve el inversor argentino".

Abram llamó a terminar con "una legislación laboral arcaica, porque si no claramente no vamos a tener empleo".

Ajuste por crédito

El economista señaló que "también hace falta una reforma del Estado". Advirtió que seguir "con la política gradualista para bajar el déficit es un error", y dijo que si el gobierno no encara "estas reformas estructurales le va a ser difícil mantener el nivel de crédito externo que tiene para financiar el gasto".

Recordó también que si el Banco Central no puede cumplir las metas de inflación "implica mayor incertidumbre, porque si cambiás las metas no hay metas, pero si no las cumple tampoco", dijo al criticar la política de la entidad.

Por su parte, Fausto Spotorno, de Orlando Ferreres & Asociados, estimó que tras las elecciones viene un período en el que el gobierno de Mauricio Macri va a empezar a tomar "medidas de corte más profundo en la economía". Sería, dijo, la segunda etapa del ajuste que comenzó en el año 2016. "Así se lo va a exigir el mercado", enfatizó el economista.

Spotorno explicó que la inversión es mayoritariamente local porque "la inversión extranjera directa todavía no está apareciendo".

Agregó que a la hora de analizar la situación económica hay que evaluar que la Argentina acumuló muchos desequilibrios macroeconómicos, como el déficit fiscal elevado, mucha presión tributaria, inflación y déficit en la balanza de pagos.

Por su parte, el economista Agustín Monteverde, socio director del estudio Massot & Monteverde, criticó el "gasto estatal formidable que sigue creciendo y la escandalosa y feroz presión tributaria que tritura la rentabilidad de las empresas".

El economista advirtió que "estos dos problemas pueden complicar la recuperación precaria y podríamos volver a sufrir en la actividad económica".

Monteverde cuestionó el endeudamiento en Lebac del Banco Central porque "pagamos dos veces intereses por la misma plata, al colocar dólares y al emitir Lebac para tener pesos y comprar los dólares al Estado para aumentar las reservas".

Deuda impagable

Agregó que la deuda del Banco Central "ya ha adquirido un volumen que ya hoy es impagable porque excede el monto de la base monetaria y de las reservas".

"Nos estamos mintiendo a nosotros mismos, y si no atacamos el problema de fondo, que es el gasto estructural, porque a pesar de que se ha hecho un trabajo enorme, su nivel no es sustentable en el tiempo", añadió. Además, opinó que "el atraso cambiario es producto del gasto estatal porque se endeuda y ahuyenta inversiones".

Publicado en La Capital.-

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El mejor de los ejemplos

Por Julio Saguier. Preside el Directorio de SA La Nación y miembro del Consejo Empresarios de Libertad y Progreso.  LA NACIÓN- Cuando las reflexiones y el abordaje de cuestiones coyunturales surgen de una mirada profundamente humana, es inevitable que se conviertan en auténticas lecciones de sabiduría capaces de trascender ampliamente la inmediatez de un momento. El padre Rafael Braun, Raffy Braun, será siempre recordado como un excelente ejemplo de quien aprendió a tomar cualquier disparador como oportunidad para la sintonía fina, la que rescata la voz del corazón y nos proyecta hacia lo eterno.análisis político Hace unos años, en uno de los fructíferos encuentros organizados por la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa (ACDE), tuve oportunidad de escuchar una de esas memorables exposiciones a las que Raffy nos tenía acostumbrados y que luego volcó en un artículo publicado en la nacion (http://www.lanacion.com.ar/13895-los-valores-humanos-frente-a-la-globalizacion). Tomaba como marco una peregrinación al santuario mariano de Luján para destacar la importancia de que todos, y no sólo algunos, arribaran a destino. Para ello, nos invitaba a reflexionar sobre la importancia que en toda marcha compartida adquieren dos puestos claves: la vanguardia, que marca el rumbo, y la retaguardia, que marca el ritmo. ¿Podría alguien haber sintetizado mejor esta idea? Continuando por esa sabia línea, muchas veces reiteraba que es una cuestión de ritmos, que el origen de mucho de lo que nos ocurre radica en un desacompasamiento social. Líderes políticos, empresariales, sindicales y religiosos, intelectuales integran entre nosotros esa vanguardia de la que hablaba Raffy. Desbordantes de palabras, tantas veces equivocados en la acción, pero mucho más aún por la omisión, capaces de desoír las necesidades de los que menos tienen y motorizados por ambiciones personales, nuestros dirigentes tiene mucho por hacer y por aprender. Siempre preocupado por quienes más sufren y padecen carencias diversas, materiales, educacionales, marcados por una discapacidad, una enfermedad o, simplemente, por la indiferencia de nosotros, sus conciudadanos y sus gobernantes, testigos y víctimas de una corrupción que, como hemos experimentado, mata, excluye y condena. Tres, planteaba sabia y humildemente Raffy, son los desafíos para una sociedad. Proponer un liderazgo creativo, innovador y audaz desde una vanguardia que no puede estar sólo preocupada por encuestar la opinión de los que siguen detrás; ayudar a que todos puedan caminar mejor por sí mismos y dedicar parte de las mejores cabezas, corazones y energías para atender debidamente a la retaguardia a fin de que no haya excluidos que no puedan llegar a la meta, a destino. Lamento que los argentinos todavía no hayamos incorporado estas sabias vivencias y consejos de Raffy que nos hubieran evitado, entre otros males, el aumento de la exclusión y la profundización de la grieta que nos atraviesan lacerantemente como sociedad. Pero aún estamos a tiempo. Desde los múltiples ámbitos en los que su presencia se tornó indispensable y su palabra señera, Raffy asumía siempre con alegría y sabiduría su papel de dirigente responsable y creativo, moviéndonos a la reflexión, liderando, acompañando y activando voluntades, para que nadie quedara atrás. Raffy nos legó el mejor de los ejemplos, tratemos de seguirlo.
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La encrucijada de la reforma laboral desafía al Gobierno, a empresarios y sindicalistas

Por JULIÁN DE DIEGO - Consejero Académico de Libertad y Progreso. Profesor de Derecho del Trabajo y Director del Posgrado UCA EL CRONISTA - Todo lo que vemos hoy a nuestro alrededor, todo lo que hacemos en las empresas y en las organizaciones, todo lo que configuran los servicios del Estado en todas sus formas, sufre y sufrirá inexorablemente una transformación brutal, en base a tecnología disruptiva a nivel integral, al punto que nada, nada quedará al margen del proceso de modernización, digitalización y robotización. Ya las oficinas no tienen espacios por jerarquía, y todos los cubículos son iguales con prescindencia del cargo,la función o la responsabilidad: las organizaciones se horizontalizan. Todo estará asociado a la despersonalización de las actividades, a la implementación de aplicaciones que uberizarán las actividades y la economía, donde los usuarios o clientes se aproximarán sin intermediarios, absorbiendo muchas de las tareas que antes realizaban empleados.reforma laboral argentina Los cambios son verdaderamente desafiantes. Los autos serán auto-comandados, las casas serán totalmente inteligentes, las oficinas y lugares de trabajo serán virtuales, la educación será casi integralmente a distancia, la energía será eólica, hidráulica o solar, todo lo que signifique esfuerzo será robotizado, todo lo que sea desarrollo competirán la mente humana con la inteligencia artificial. En ese contexto, las reformulación total de todo el modelo de relaciones laborales, es bueno que todos los sepan, la reforma laboral ya comenzó a ejecutarse aún cuando los detractores deploren toda posibilidad de que exista. Zenón de Elea (490 a 430 a.C.) inventó la falacia de la división del espacio infinitesimal, según la cual en una carrera en donde se midan una tortuga y Aquiles, y la primera cuente con un espacio de ventaja de aproximadamente diez metros, Aquiles nunca superará a la tortuga y ésta ganará inexorablemente la carrera, sencillamente porque el espacio se divide a ambas se puede dividir en dos, luego cada espacio en cuatro, y así sucesivamente de modo tal que hay infinitas divisiones del espacio, y por lo tanto la tortuga ganará la carrera y Aquiles nunca lo alcanzará. Empédocles de Agrigento, que estaba presente en la exposición se incorporó, tomó carrera y se abalanzó sobre Zenón, para demostrar en un solo acto la falsedad de la enunciación a través de una demostración fáctica. Hoy, estamos bajo la teoría y práctica de los hechos consumados, qué se podrá hacer contra el banco de horas, la jornada de ingreso y egreso flexible, las guardias activas y pasivas para atender emergencias, el trabajo con horario partido, con el teletrabajo parcial o total, con el home office parcial o total, con el sistema integral de salarios variables, contra los contratos de plazo fijo para servicios u obras concretas, el contrato de trabajo eventual para cubrir circunstancias extraordinarias, el de temporada para cubrir parte del año en determinadas épocas, con las jornadas reducidas pactadas para trabajos part-time, y otras variantes derivadas de nuestro sistema legal, con interpretación amplia. Qué se podrá hacer con las contrataciones autónomas, entre sujetos que no tienen relación de dependencia, como el contrato de servicios o de obras, el contrato de agencia, el de corretaje, las contrataciones a través de concesiones, de franquicias, a través de las figuras del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que aportan nuevos horizontes. Ni que hablar de las decisiones de la Corte Suprema en el caso Cairone que dispuso que un anestecista que brindó 30 años de servicios al Hospital Italiano no fue nunca empleado dependiente, por no darse las condiciones y recaudos que lo caracterizan. Al contrario operó siempre como un profesional independiente, a pesar del vínculo permanente con una sola organización. A su vez, la Corte declaró arbitrarios los fallos Marando c/QBE Argentina ART s/accidente (12-9-2017) y en Recurso de hecho deducido por la parte demandada en la causa Fontana, Mariana Andrea c/Brinks Argentina S.A. y Liberty ART s/accidente-acción civil (3-10-2017). En el primer caso, el juez Rodriguez Brunengo (Sala VII) por considerar exigua la indemnización en forma injustificada la incrementó sin que tal decisión constituya una derivación razonada del derecho vigente, y por ende se manda a dictar nueva sentencia conforme lo dispuesto por la Corte Suprema. En el segundo caso, la jueza Diana Regina Cañal de la Sala III, con la adhesión del Dr. Rodriguez Brunengo (Sala VII) que votó para cubrir las vacancias del tribunal de origen, triplicaron sin fundamento el monto de la sentencia, lo cual es invalidado por la doctrina clásica del más Alto Tribunal de manifiesta arbitrariedad de sentencias, ordenando que se dicte nuevo fallo con arreglo a lo invalidado. La realidad de todos los días adecua las nuevas tecnologías y las nuevas formas de organizar el trabajo, la justicia laboral está recibiendo mensajes claros del la Corte Suprema, lo único que falta es que cada uno asuma en su respectivo sector que los cambios ya están y requieren seguridad jurídica y un cambio sustantivo de mentalidad para alcanzar un mejor futuro.
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Por qué el revalúo no va andar

Por Ricardo Mihura Estrada Consejero Académico de LyP
  1. Introducción
El revalúo fiscal que propone el gobierno no va a funcionar. Las empresas no van a adherir y los $ 25 mil millones de ingresos presupuestados para 2018 no se van a recaudar. Por un lado, lo lamento, pues no me gusta ver al gobierno fracasar. Por el otro lado lo celebro, pues no me gusta que se recaude un impuesto arbitrario, con un incentivo extorsivo y que es fogoneado y aplaudido por consultores, que se refriegan las manos esperando un nuevo alud de consultas de “pagaimpuestos” confundidos. El proyecto de ley oficial consiste en un régimen voluntario. Para entrar hay que pagar un impuesto especial sobre el revalúo de todos los bienes que integren una misma categoría. Los beneficios que se adquieren por ese precio son: (a) incrementar el costo computable de los bienes revaluados, lo cual reduce el impuesto a las ganancias en el caso de una ulterior venta, (b) amortizar el importe del revalúo en no menos de 5 ó 10 años, recuperando así el costo del impuesto especial mediante un menor impuesto a las ganancias futuro, y (c) mantener actualizados por inflación, en el futuro, el costo de los bienes revaluados (a los efectos de una ulterior venta y de su amortización).Reforma impositiva El castigo para el que no se acoja al revalúo consiste en mantener congelado el costo computable y las amortizaciones de todos los bienes adquiridos antes del 1° de enero de 2018 (o adquiridos antes del primer ejercicio iniciado luego de esa fecha). El proyecto está diseñado para que, matemáticamente, los beneficios de acogerse sean superiores al costo del impuesto especial. Va a ser fácil demostrar, con planillas de cálculos, que conviene optar por el revalúo y pagar su costo. Además, está la experiencia del Blanqueo, en cuyo marco muchas personas aceptaron pagar el 5% de la valuación de inmuebles, sólo para sacarlos del balance fiscal de las compañías en las que estaban a valores congelados desde el año 1992. ¿Por qué, entonces, el revalúo no va a funcionar? Porque en la realidad nadie paga un impuesto hoy en aras de un ahorro fiscal eventual, hipotético, futuro. Salvo, claro está, que el costo sea mínimo o que el ahorro sea enorme. Pero en este proyecto ni el costo es mínimo ni el ahorro es enorme (como sí lo eran en el caso del blanqueo).
  1. El costo del revalúo es muy alto
El costo del impuesto especial es un 10% para la mayoría de los casos (art. 9.d). Se incrementa al 15% para el revalúo de inmuebles que sean bienes de cambio (v.gr. lotes o departamentos adquiridos para su desarrollo o reventa, art. 9.b), y se reduce al 8% para los inmuebles que no sean bienes de cambio (v.gr. inmuebles rurales y edificios, incorporados a la explotación comercial, agrícola o industrial, art. 9.a). Finalmente, se prevé una alícuota menor (5%) para las personas humanas que quieran vender acciones y cuotas de sociedades (art. 9.c). La base de cálculo del impuesto especial es el “Importe del Revalúo”, que es igual a la diferencia entre los bienes revaluados y su costo fiscal previo al revalúo (art. 6). No me interesa entrar en el detalle de cómo se confecciona este cálculo, sino sólo señalar que el Importe del Revalúo es el incremento del costo computable de los bienes revaluados, es decir, la base de todos los beneficios fiscales derivados de este régimen. A mayor Importe de Revalúo, mayores beneficios y mayor impuesto especial, en forma directamente proporcional. Otros costos derivados del revalúo son, el costo financiero y el costo administrativo que implica el acogimiento, el cual consiste en consultores, horas de análisis y proyecciones y -si se opta por la alternativa posible de revaluar los bienes mediante tasación- también los honorarios de los tasadores. Tal vez el mayor costo del régimen es el que surge de la condición de que para revaluar un bien es necesario revaluar todos los de su misma categoría (art. 5). Para revaluar un lote que se prevé vender en el corto plazo, es necesario hacer lo mismo también con todos los demás lotes. Dado que, para las empresas, las únicas categorías especiales son las dos subcategorías de inmuebles (bienes de cambio y bienes de uso), optar por el revalúo de cualquier otro bien, requerirá revaluar la totalidad del resto del activo. En comparación con el blanqueo, el costo de éste era un impuesto del 5% del valor de los bienes (en general, este beneficio se utilizó sólo para inmuebles), cuyas tasaciones tendían a la baja. Es decir, la gente tasó lo más bajo que pudo, siempre dentro de lo razonablemente defendible como valor de mercado. Para el revalúo los nuevos valores surgen de coeficientes fijos (art. 3), o bien de tasaciones (art. 4). Pero las tasaciones no tenderán hacia la baja, porque sería contradictorio con el objetivo de acogerse al revalúo. En el caso del blanqueo, lo importante era pasar el bien de una compañía a una persona humana, al menor costo posible. Para el revalúo, en cambio, el objetivo debería ser incrementar el costo fiscal computable.
  1. Los beneficios no son sustanciales
Los beneficios del revalúo consisten en adecuar mínimamente los balances impositivos a la depreciación de los años pasados. No soluciona todos los problemas derivados de la falta de ajuste por inflación, sino sólo los vinculados con la falta de actualización de las amortizaciones futuras y de los costos de adquisición. Principalmente, el revalúo no soluciona ni devuelve ninguno de los impuestos pagados de más durante todo el período en el cual la moneda -lo reconoce el proyecto- se desvalorizó 14,55 veces. Entonces, ¿qué beneficios se obtienen con el pago del impuesto especial?
  • Se incrementa el costo computable para una ulterior venta (art. 3)
  • Se amortiza el importe del propio revalúo (art. 7)
  • Se mantienen actualizadas las amortizaciones futuras y el valor residual (art. 10)
El primer beneficio parece significativo para el caso de una venta programada. Pero tiene tales limitaciones, que lo tornan mezquino y poco atractivo. La primera limitación es que si la venta ocurre en el primer ejercicio (en general, 2018), el importe del revalúo se reduce en un 60%, y si ocurre en el segundo ejercicio (en general, 2019), se reduce en un 30% (art. 8). Es decir, que para una operación inmediata, el beneficio a obtener vale menos de la mitad. Por ello, en general, será más caro revaluar y vender en el primer año que vender con el costo histórico, sin revaluar. Claro que este análisis habría que hacerlo caso por caso, poniendo en la ecuación el peso relativo del revalúo en el costo final (por la variación del coeficiente según el año de origen) y el efecto del revalúo sobre los demás bienes de la misma categoría, que podrían no entrar en la venta programada. Si la venta de los bienes revaluados no se hace en el corto plazo, este beneficio del mayor costo computable se podrá tomar íntegramente, pero cada año que pase sin aprovechar el revalúo, impacta más el costo financiero del impuesto especial pagado a tal efecto. Otro caso en el cual el importe del revalúo se puede computar íntegramente es el de la venta inmediata de bienes de cambio inmuebles. Por ello, los desarrollos inmobiliarios que estén a punto de entregar la posesión de lotes o departamentos ya vendidos serán, tal vez, los únicos beneficiarios netos de este régimen, ya que no sólo podrán descontar la inflación del impuesto a las ganancias que se devenga con la entrega de la posesión, sino que también podrán computar la apreciación real del bien, según tasación, hasta un 50% del costo de origen actualizado por inflación (art. 4), mientras mantienen a valores históricos los ingresos cobrados como anticipos, antes de la posesión. Otro beneficio para los bienes revaluados es que adquieren el derecho a seguir actualizándose a partir de enero de 2018, según el índice IPIM del INDEC (art. 10). Este podría ser el beneficio más importante derivado de este régimen, pero no puede ignorarse que no se trata de un beneficio, sino de estricta justicia y de la aplicación funcional y racional del impuesto a las ganancias. Entonces, el permiso para actualizar costos por inflación no es un beneficio, sino una amenaza extorsiva. Pero condenar a los bienes no revaluados a continuar con valores históricos del año 1992 es de una arbitrariedad tan notoria, que difícilmente supere el examen constitucional, y aún la próxima reforma fiscal, si ella es integral y racional. Ahora, si la expectativa de inflación se reduce sustancialmente, el peso relativo de este beneficio (hacia el futuro) se diluye, en tanto si la expectativa inflacionaria se mantiene o incrementa, el beneficio proyectado ganaría importancia, pero al mismo tiempo se incrementaría el costo financiero del impuesto especial y se tornaría más arbitrario e inviable mantener la prohibición de actualizar, y más insustentable la economía en general y los demás planes de gobierno. Es decir, sería un escenario de caos, en el cual nadie quisiera pensar, y para el cual no vale la pena adelantar impuestos. Es más, si en ese supuesto el rebrote inflacionario supera el 33% el primer año, el propio proyecto ya trae su solución, aplicable a todos por igual, hayan o no revaluado: se reinstaura el ajuste por inflación (art. 22). Por otra parte, esta actualización no es beneficio alguno para los bienes de cambio (hayan sido revaluados o no) ya que la actualización de estos bienes integra la ganancia gravada de cada ejercicio, la cual sólo se neutralizaría con la aplicación integral del ajuste por inflación, que permite deducir el costo de los activos expuestos a la inflación. El revalúo de bienes amortizables (es decir, no los bienes de cambio ni los terrenos) tiene beneficios adicionales, que se pueden aprovechar sin esperar a la enajenación. El primero es el de amortizar el importe mismo del revalúo. En valores constantes, el revalúo por el que se pagó 10% u 8% de impuesto especial se deducirá de los resultados gravados, con un beneficio potencial del 35%. Evidentemente, la realidad es muy otra. Primero, porque esta amortización se produce en no menos de 5 años, y no menos de 10 años para el caso de inmuebles e intangibles. Segundo, porque el importe del revalúo no se actualiza a lo largo de los años que lleva su amortización, con lo cual el valor presente neto del menor impuesto debe ser descontado con una tasa que contemple la expectativa inflacionaria del mediano y largo plazo. Tercero, porque el contribuyente no sabe si tendrá impuesto a pagar efectivo en los años venideros. Y, finalmente, porque si una futura reforma fiscal integral redujera el impuesto a las ganancias corporativo (posiblemente, a cambio de un impuesto sobre los dividendos y otras distribuciones), el monto nominal de este beneficio se reduciría en igual proporción. El otro beneficio derivado de la revaluación de bienes amortizables sería el de mantener actualizadas también las amortizaciones futuras (art. 7, in fine). El proyecto no es totalmente claro a este respecto, pero ello parecería implicarse (arts. 10 y 21). Nuevamente, este beneficio es más notorio en un escenario de alta inflación, que no es lo que promete el gobierno ni lo que espera la población. En punto a los beneficios, el caso del blanqueo (Ley 27.260) fue incomparablemente superior: cuando el declarante del bien era una persona humana (como lo fue en todos los casos que conozco), el ahorro permitía evitar totalmente el impuesto a las ganancias futuro del bien seleccionado, y sustituirlo por el 1,5% del impuesto a la transferencia de inmuebles (Ley 23.905), y sin importar cuándo se realizara la posterior venta. Evidentemente, un beneficio mucho más fácil de calcular y de valorar positivamente como para que haya justificado los casos habidos de libre acogimiento.
  1. Otras injusticias del no ajuste por inflación que no se solucionan
Este proyecto de revalúo no reinstaura el ajuste por inflación, que es la herramienta técnica desarrollada en Argentina durante décadas de alta inflación. Sólo promete reinstaurarlo si la inflación llega a ser mayor al 33% en 2018; 66% en el acumulado 2018-2019; ó 100% en el acumulado de 36 meses continuos anteriores a cualquier otro cierre de ejercicio futuro (art. 22). Ello significa que no se eliminan las iniquidades de la imposición de ganancias derivadas de la revaluación de inventarios. Es indistinto que la empresa revalúe o no sus inventarios y pague el impuesto especial: hacia el futuro, cada año deberá continuar declarando como ganancias el mayor valor de sus existencias, aún cuando todo o parte de ese incremento se deba sólo a la inflación. Este problema de las ganancias ficticias generadas por el revalúo de inventarios incluso se agrava a partir de este proyecto de ley: a las ganancias por revalúo de inventarios derivado de las últimas compras o de las últimas ventas netas del ejercicio, se agrega el revalúo de inventarios por inflación, aún cuando no existan compras ni ventas en el ejercicio (art. 21). Algo similar ocurre con las inversiones en activos financieros, cuyas ganancias nominales no podrán ser detraídas del costo generado por su exposición a la inflación. Mientras tanto, las empresas endeudadas (más aún si su pasivo es en moneda extranjera y por ende se aprecia nominalmente) continuarán beneficiándose -como lo han hecho durante los últimos 15 años- con la falta de cómputo de la ganancia por exposición del pasivo a la inflación.
  1. Conclusión
La combinación del alto costo del impuesto especial, los beneficios limitados, diferidos, difíciles de estimar, caprichosos y -sobre todo- contingentes, y la subsistencia de iniquidades en la ley que son realmente una afrenta a la razón, difícilmente inducirán a que exista una generalizada aceptación del revalúo. Por otro lado, no nos olvidemos, la Justicia ya ha aceptado y está generalizando la protección a los contribuyentes ante los casos de confiscatoriedad evidente resultante de la falta de aplicación de ajuste por inflación en el impuesto a las ganancias. Entonces, se va a gastar mucho tiempo de analistas, profesionales, funcionarios y contribuyentes en un proyecto inviable, que servirá para recaudar poco y para solucionar nada de fondo. Sólo algunas pocas situaciones privilegiadas por la casualidad o por el lobby podrán tomar realmente un beneficio en el corto plazo que, por supuesto, reportará una merma neta de recaudación fiscal.   Ricardo Mihura Estrada 16.10.2017  
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